RESUMEN TEMA 11


INTRODUCCIÓN AL DELITO INFORMÁTICO:


Hay varias definiciones de delito informatico, la principal es que se trata de una acción típica, antijurídica y punible.

La legislación europea sobre delitos informaticos queda recogida en:

    1. CONVENIO EUROPEO SOBRE CIVERCELINCUENCIA:

MEDIDAS A ADOPTAR A NIVEL NACIONAL: son distintas según el delito:

1. D. contra la confidencialidad, integridad y disponibilidad:
  • Accesso ilícito.
  • Interceptación ilicita.
  • Interferencia en los datos.
  • Interferencia en los sistemas.
  • Abuso de los dispositivos.
2. D. informáticos:
  • Falsificación informática.
  • Fraude informático.
3. D. relacionados con el contenido:
  • D. relacionados con la pornografia infantil.

4. D. relacionados con infracciones de la propiedad intelectual y de los derechos afines.

MEDIDAS DE COOPERACIÓN JUDICIAL E INTERNACIONAL:
  • Normas de extradición.
  • Asistencia mutua.
  • Solicitudes de asistencia mutua.
  • Asistencia mutua en la conservacion de datos informaticos.
  • Revelación rapida de los datos.
  • Red 24/7.
PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO SOBRE LA CIBERCELINCUENCIA: es relativo a la penalización de actos de índole racista y xenófoba cometidos por medio de sistemas informáticos. Además, existen otras normativas.

   2. DELITOS INFORMÁTICOS EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL:

DELITOS CONTRA LA CONFIDENCIALIDAD, INTEGRIDAD Y DISPONIBILIDAD:
  • D. de intrusión informático.
  • Interceptación de datos informáticos.
  • Producir, adquirir o facilitar delitos de encubrimiento y revelacion de secretos o intrusión/interceptación.
  • Actuar en el seno de organización o grupo criminal.
  • Responsabilidad de la persona jurídica.
  • Delitos de daños informáticos.
DELITOS INFORMÁTICOS:
  • Falsificicación informática.
  • Fraude informático.
DELITOS RELACIONADOS CON EL CONTENIDO.
DELITOS RELACIONADOS CON INFRACCIONES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y DE LOS DERECHOS AFINES.

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